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A partir del 30 de junio del 2011 estamos obligados a cambiar de CFD a CFDI. Conoce las razones

La fecha límite que dispuso el Servicio de Administración Tributaria (SAT) para hacer el cambio de esquema de comprobación fiscal de CFD a CFDI para los contribuyentes que utilizan los servicios de un Proveedor Autorizado de Comprobantes Fiscales Digitales (PACFD), vence el próximo 30 de junio de 2011.
Este cambio sólo obliga a los contribuyentes que optaron por la emisión de facturas electrónicas bajo el esquema de CFD a través de un tercero (es decir, un PACFD); modalidad que debió adoptarse antes de iniciar el 2011.
De esto modo, a partir del 1 de julio en lugar de emitir CFD estos contribuyentes sólo podrán emitir CFDI, el formato de Facturación Electrónica 2011 a través de Internet, en donde cada comprobante debe ser validado y timbrado por un Proveedor Autorizado de Certificación (PAC).
Esto implica que poco más de 38 mil contribuyentes que ya emiten Factura Electrónica a través de un PACFD deberán revisar que su proveedor sea o tenga una alianza con un PAC para que sus facturas sean válidas.
De no ser así, tendrán que cambiar de proveedor y de esta manera evitar que a partir del 1 de julio emitan facturas apócrifas que puedan detener su operación diaria, ya que una empresa, por ejemplo, podría ver detenidos sus pagos, afectar sus relaciones comerciales e impactar su operación fiscal,  poniendo en una situación delicada la continuidad de su negocio.
Recordemos que en la Resolución Miscelánea Fiscal de 2010, el SAT otorgó una facilidad a los contribuyentes que actualmente emiten y envían CFD (facturas electrónicas) a través de un PACFD para continuar haciéndolo sólo durante el primer semestre de 2011. Esta facilidad concluye el 30 de junio. (Fundamento: Regla I.2.23.6.1 y Artículos Séptimo y Octavo de la Primera modificación a la RMF
2010).
De acuerdo con esta Resolución, los PACFD tienen hasta el 30 de junio para realizar su cambio a PAC o dejar de dar el servicio y, de acuerdo con la ley, también tienen la obligación de avisar a sus clientes en qué situación se encontraran ante el SAT luego de la fecha límite.
Esta situación quizá genere muchas dudas en los contribuyentes. Para aclararlas, ponemos a su disposición el sitio web http://contpaqionline.com/blog/, en donde se responden muchas de las dudas y preguntas relacionadas con la Factura Electrónica.
Recordemos que el nuevo papel de los PAC será importante, ya que además de emitir las facturas estarán a cargo de certificarla junto con el SAT. Para saber cuál es la propuesta más conveniente en cuanto los servicios que ofrece un PAC, recomienda considerar los siguientes aspectos:
– Verificar que la empresa sea un PAC en la lista oficial del SAT: http://www.sat.gob.mx/sitio_internet/asistencia_contribuyente/principiantes/comprobantes_fiscales/66_19264.html
– Conocer cuál es la oferta integral que ofrecen para la emisión de CFDI
– La seguridad para el correcto resguardo y protección de las facturas digitales
– Los costos de la solución tecnológica acorde con el costo-beneficio de la empresa
– Propuesta tecnológica que responda a las necesidades de operación de la empresa
– Contar con servicio de Soporte Técnico
Proveedores como CONTPAQ i® facilitan y hacen de manera transparente la migración de los servicios del esquema de CFD a CFDI, ya que desde el 24 de enero de 2011 recibió el número de autorización 54554 del SAT para ser PAC; lo cual le permite ofrecer un servicio de valor agregado para la emisión de CFDI a través de Internet.

Para los contribuyentes que opten por emitir sus CFDI por medios propios; es decir, utilizando un software empresarial, como el de CONTPAQ i®, la marca ofrece a 0 pesos el servicio de timbrado por cada factura electrónica emitida. Esta ventaja, la ofrece CONTPAQ i® justamente porque cuenta con la autorización del SAT para ser PAC.

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